E sta condonación se hará de la siguiente manera: Todo el que haya prestado algo a su prójimo o a su compatriota, lo relevará de la obligación de pagar la deuda. Ya no le exigirá que le pague, porque se proclamará la condonación de deudas en honor del Señor.
Así se hará la remisión: todo acreedor hará remisión de lo que haya prestado a su prójimo; no lo exigirá de su prójimo ni de su hermano, porque se ha proclamado la remisión del Señor.
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