A sí se hará la remisión: todo acreedor hará remisión de lo que haya prestado a su prójimo; no lo exigirá de su prójimo ni de su hermano, porque se ha proclamado la remisión del Señor.
Esta condonación se hará de la siguiente manera: Todo el que haya prestado algo a su prójimo o a su compatriota, lo relevará de la obligación de pagar la deuda. Ya no le exigirá que le pague, porque se proclamará la condonación de deudas en honor del Señor.
Continue reading Report error